En la localidad de Berisso Partido de Berisso, Provincia de Buenos Aires, donde tendrá su domicilio social, queda constituida una Asociación de carácter Civil denominada "Asociación de Productores y Propietarios Ribereños" que tendrá por Objeto Social
a) Propender al progreso, bienestar y mejoramiento rural y paisajístico de la ribera y Delta Berissense
b) Propiciar ante las autoridades nacionales, Provinciales y Municipales las mejoras y servicios indispensables para los predios Ribereños solicitando el fiel cumplimiento de las leyes y ordenanzas en vigor y las que se dictaren
c) Promover el desarrollo a nivel local, regional, provincial y nacional a través de la formulación y/o ejecución de proyectos, programas o emprendimientos de implementación pública y/o privada y, en general toda otra actividad conducente a tal fin.
Para la realización de sus fines la asociación podrá
-Realizar estudios para diagnósticos.
-Formular, dirigir, ejecutar, coordinar y auditar proyectos, programas o emprendimientos que tengan como finalidad el desarrollo a nivel local, regional, provincial y nacional.
-Promover y celebrar convenios o acuerdos de cooperación y/o asistencia con organismos públicos municipales, provinciales y nacionales; Universidades Nacionales o Provinciales, públicas o privadas, Organizaciones no Gubenamentales; Empresas del ámbito público o privado; otras entidades ya sean nacionales o internacionales.
-Participar o intervenir en el asesoramiento, diagnóstico, ejecución o dirección de proyectos de otras entidades, asociaciones u organismos públicos o privados que tengan similar finalidad.
-Realizar publicaciones y actividades de difusión relacionadas con el desarrollo local, regional, provincial o nacional.
-Organizar, dictar y participar en cursos, talleres, seminarios y toda otra actividad de capacitación relacionada con la finalidad del objeto principal de la asociación.
d) Desarrollar una actividad cultural, a través de sus mas distintas manifestaciones.
e) Estimular y establecer en la juventud de la zona la práctica del deporte náutico, de aquellos que se desarrollen en ambientes agrestes y de los ligados a las destrezas de las actividades boscosas, dentro de las normas de su práctica.
f) Propiciar actividades recreativas tendientes a obtener una sincera convivencia entre la comunidad isleña, en un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus socios, quienes gozarán de todos los beneficios sociales posibles.
g) Establecer un fondo de recursos, destinados a financiar la realización de aquellas mejoras impostergables para la satisfacción de las necesidades del vecino ribereño y que no puedan ser obtenidas de los organismos oficiales competentes.
h) Propiciar la regularización dominial de aquellos socios que no posean títulos perfectos de sus tierras.
i) Comprometerse a favor de la defensa del paisaje natural y el mantenimiento del ecosistema propiciando la implantación de especies vegetales autóctonas y conservando la fauna natural.
j) Generar actividades que tiendan a concientizar y educar a la niñez y la juventud en la conservación de la naturaleza.
k) Estimular el desarrollo de la actividad productiva y turística dentro de u perfil ambientalista con la perspectiva de generar riquezas y mano de obra para la región.
l) Las actividades se desarrollarán sin fines de lucro y estarán bajo la competencia de organismos y/o personas legalmente habilitadas.